¿Qué gastos conlleva la compraventa de una vivienda?
En cumplimiento del Decreto 218/2005 del 11 de octubre 2005 (Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía) informamos a nuestros clientes sobre los gastos de la compra de una vivienda:
VIVIENDAS EN SEGUNDAS O ULTERIORES TRANSMISIONES:
Citizens from member states of the European Union have basically the same rights as Spanish citizens when it comes to buying real estate and are not subject to any restrictions. With the entry of the property in the land register, the owner obtains legal protection regarding his ownership.
Impuestos:
ITP. El Impuesto sobre transmisiones patrimoniales es un impuesto derivado a las Comunidades Autónomas.
El impuesto de Transmisiones Patrimoniales sería 7 %
Gastos de Notaría
Los Gastos de Notaría son los que se derivan de la intervención del Notario que da fe que se ha llevado a cabo la operación de compraventa. Las tarifas de los notarios, denominadas aranceles, son aprobadas por el Gobierno mediante Real Decreto.
Gastos de Registro
Los Gastos de Registro corresponden a los costes de inscripción de la compraventa de la vivienda en el Registro de la Propiedad. Están fijados legalmente y se pagan en el momento de la inscripción. Su importe depende del precio de la compraventa.
Los gastos de notaría y registro son aproximadamente 1% - 1,5% del valor de la compraventa
Gastos de la agencia inmobiliaria
Comisión agente inmobiliario son los que se derivan de la mediación del agente inmobiliario en la operación. 2,5 % + IVA (min. Euro 3.000,--+ IVA) del valor de la compraventa.